Sistema Integral de Evaluación -SIEE-

SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN ESCOLAR -SIEE-

El Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes son los elementos y acciones que ayudan a desarrollar procesos que permitan medir el avance del aprendizaje de cada estudiante según lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional -PEI- y las normas del MinEducación.

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CENTRO EDUCATIVO CAICEDO

Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes – SIEE –

 

CAPITULO I – DISPOSICIONES GENERALES

“La evaluación es una mirada integral que el individuo hace de sí mismo y en la que reconoce sus temores, falencias y fortalezas con la firme intención de mejorar cada día, como resultado de un compromiso consigo mismo y con la sociedad en la que habita. El ser humano está en constante evaluación: ante sí mismo, ante la sociedad y ante Dios”.

ARTÍCULO 1 – Documento Integral del Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes – SIEE. El Centro Educativo Caicedo requiere expedir un nuevo documento que tome como base la normatividad del año 2011 y 2015 con respecto al Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes y que rija a partir de la iniciación del año lectivo 2016. Este documento hará parte integral del Proyecto Educativo Institucional.

ARTÍCULO 2 – Políticas institucionales. Son políticas de la Institución Educativa:

Política de calidad. “Una educación de calidad es la que forma mejores seres humanos, ciudadanos con valores éticos, respetuosos de lo público, que ejercen los derechos humanos y conviven en paz. Una educación que genera oportunidades legítimas de progreso y prosperidad para ellos y para el país”. (MEN). Para la institución educativa consiste en ofrecer educación con calidad, pertinente y adecuada a las necesidades, posibilidades, intereses y expectativas de todos los estudiantes.

Política de acceso. Todos los grupos poblacionales tienen acceso a la institución educativa en ejercicio de sus derechos fundamentales a la educación (independientemente de su condición o situación) y en concordancia con la pertinencia educativa.

Política de permanencia. La Institución Educativa reconoce que el aprendizaje es un derecho y que todas las personas pueden aprender y desarrollar habilidades sociales. Para ello es necesario:

  • Eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación para que todos los estudiantes tengan oportunidades.
  • Dar pertinencia de la educación que se ofrece.
  • Flexibilizar el currículo de manera que se facilite el aprendizaje y el desarrollo de capacidades y competencias en todos los estudiantes
  • Proveer, si se cuenta con ello, los programas o servicios de apoyo al estudiante que lo requiera.
  • Formar a los docentes de manera que puedan desarrollar el proceso educativo con equidad y desde el respeto por y para el otro.

Política de promoción y egreso. La Institución Educativa acepta que los potenciales de aprendizaje son diferentes y los seres humanos alcanzan variados niveles en diferentes tiempos y a diferentes ritmos, por lo que se plantean procesos evaluativos y de promoción flexibles. Se resalta que más allá de la valoración académica, también se reconoce la disposición para el aprendizaje y los progresos socioemocionales.

ARTÍCULO 3 – Principios institucionales. Estos principios tomados del Proyecto Educativo Institucional (PEI) son los referidos a los procesos académicos, de evaluación y promoción: “Educando con calidad para la vida desde la vida misma”. SIEE

Educación Inclusiva.  La educación inclusiva es una política que se materializa en estrategias de ampliación del acceso, el fomento a la permanencia y a la educación pertinente y de calidad, y el mejoramiento de la eficiencia mediante la asignación de personal de apoyo y la identificación de instituciones educativas que puedan dar atención apropiada. Por lo tanto, el denominado “programa de educación inclusiva” es una actividad articulada a la política de mejoramiento de la calidad desde los planes de apoyo al mejoramiento. Su fundamento es reconocer que en la diversidad cada persona es única y que la educación inclusiva es el vehículo para alcanzar la meta de educación para todos.

Flexibilización Curricular. Un currículo flexible es aquel que mantiene los mismos objetivos generales para todos los estudiantes, pero da diferentes oportunidades de acceder a ellos; es decir, organiza su enseñanza desde la diversidad social, cultural de estilos de aprendizaje de sus estudiantes, tratando de dar a todos la oportunidad de aprender.

ARTÍCULO 4 – Organización del año escolar. El año escolar estará organizado en tres trimestres de 13 semanas cada uno (el último de ellos tendrá una semana adicional para la aplicación de estrategias de superación y de profundización). El promedio de los tres trimestres se obtendrá de forma aritmética. Cada trimestre estará organizado de la siguiente manera:

Seguimiento: Esto es normalidad académica, clases, actividades evaluaciones, aplicación de planes de mejoramiento continuo, etc. Este proceso comprende hasta la semana 12 de cada trimestre.

Prueba trimestral: Espacio de refrendación de contenidos conceptuales a través de una prueba tipo Saber. Esta se aplicará finalizando la semana 11 de cada trimestre.

Auto y coevaluación: Esto comprende un proceso donde los estudiantes se evalúan a sí mismos y a sus compañeros. Estas se aplicarán a más tardar en la semana 12 de cada uno de los trimestres.

Planes de mejoramiento: Consiste es aplicar diferentes estrategias académicas y didácticas que permitan a los estudiantes con dificultades acceder a otras formas de alcanzar sus competencias y a los estudiantes sin dificultades les permitirá profundizar más en los contenidos. Esto se hará entre la semana 12 y 13 de cada trimestre.

Informe académico parcial: En la semana 8 de cada trimestre se convocará a los acudientes para brindarles un informe parcial del proceso académico y reforzar ese compromiso familiar con el proceso de formación.

Semana 40 del año escolar: Será la última semana del año escolar para la aplicación de estrategias de superación (para estudiantes que presenten dificultades académicas) y de profundización (para los estudiantes que han superado sin dificultades lo propuesto por el plan de estudios).

CAPITULO II – CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 5 – Definición de Evaluación. La evaluación es un sistema articulado, flexible y continuo de procesos, acciones, estrategias, indicadores, instrumentos y referentes, para determinar los alcances en la formación integral de los estudiantes, a partir de la calidad y pertinencia de los procesos pedagógicos de los docentes, la cual sirve para estructurar programas y planes para el mejoramiento continuo de los estudiantes y de las prácticas de enseñanza de los docentes. Desde esta perspectiva la evaluación observa los procesos de desarrollo cognitivo (comprensión, aplicación de principios, solución de problemas, pensamiento creativo) y de desarrollo afectivo (las actitudes, los intereses, los valores, pensamiento crítico).

ARTÍCULO 6 – Características de la evaluación. El SIEE adopta como características pertinentes:

Integral. Donde se tienen en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del estudiante, los cuales a través de todo tipo de pruebas orales o escritas, permiten evidenciar el proceso de aprendizaje y organización del conocimiento. Se le aplicarán las pruebas que permitan la consulta de textos, notas, solución de problemas y situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones, y otras formas que los docentes consideren pertinentes y que independicen los resultados, de factores relacionados solamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres, fechas, datos, cifras, resultado final, sin tener en cuenta el proceso del ejercicio y que no se encuentren relacionadas con la constatación de conceptos y factores cognoscitivos.

Por Procesos. Esta evaluación determina el grado de dominio de los aprendizajes de los estudiantes al finalizar un proceso de enseñanza y aprendizaje. Constituye un momento de reflexión acerca de lo que se ha alcanzado a lo largo de un periodo de actividades educativas.

Continua. Es decir que se realiza en forma permanente haciendo un seguimiento al estudiante, que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación.

Participativa. Es colegiada e implica responsabilidad social y se involucra en la evaluación al estudiante, docente, padre de familia y otras instancias que aporten a realizar unos buenos métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases, los trabajos en foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debate, seminario, exposiciones, prácticas de campo y de taller, con el fin de que alcancen entre otras las competencias de analizar, interpretar y proponer, con la orientación y acompañamiento del docente.

Interpretativa. Se permite que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el docente, hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal. Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no lleven a conflictos entre estudiantes y docentes.

Formativa. Nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten indicios de no aprobación en algún área, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase, incida en las actitudes de los estudiantes en el salón, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve.

Flexible. Se tienen en cuenta los ritmos de desarrollo del estudiante en sus distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales. Los docentes identificarán las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, posibilidades y limitaciones, para darles un trato justo y equitativo en las evaluaciones.

Democrática. Posee diversas dinámicas de evaluación, donde se dan procesos de diálogo, comprensión y mejoramiento. Su sentido es la formación significativa de una comunidad pluralista, justa, divergente, progresista, donde se comprende, se convive y se valora al sujeto, a la comunidad y al entorno, conforme a los Principios Institucionales.

Heteroevaluación. Es la evaluación que realiza el docente sobre el aprendizaje durante el desarrollo del proceso formativo. A diferencia de la evaluación, aquí la persona que evalúa pertenece a un nivel distinto dele valuado. Es un proceso importante dentro de la enseñanza, rico por los datos y posibilidades que ofrece y también complejo por las dificultades que supone valorar las actuaciones de otras personas.

Coevaluación. Es la evaluación que realizan los compañeros de clase sobre un determinado estudiante, en base a criterios determinados. A diferencia de la autoevaluación, esta evaluación persigue recoger la mayor información acerca del proceder durante el proceso formativo. Se llama coevaluación porque quien evalúa corresponde al mismo nivel del evaluado. Conviene que quien evalúa dé una valoración objetiva, acertada y precisa.

Autoevaluación. Es la evaluación realizada por el mismo estudiante, a partir de criterios determinados. Consiste en revisar sus propias actitudes durante el desarrollo del proceso formativo y con honestidad determinar una valoración. Lo mejor es que corresponda la valoración con su realidad actitudinal.

ARTÍCULO 7 – Propósitos de la evaluación. Para la Institución Educativa, la evaluación tiene los siguientes propósitos:

  • Identificar las características personales, intereses, ritmos y estilos de aprendizaje en los estudiantes para valorar sus avances.
  • Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
  • Implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y quienes presenten desempeños superiores en su proceso formativo.
  • Determinar la promoción de estudiantes.
  • Ajustar e implementar el plan de mejoramiento Institucional teniendo presente la evaluación de los estudiantes.
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ARTICULO 8 – Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación se definen como los estándares establecidos en función de lo que se puede esperar del estudiante, bajo la concepción de la evaluación que se tiene en la institución. Estos criterios son referentes que incluyen conceptos, imaginarios y estrategias pedagógicas para tener en cuenta en el proceso de diseño, implementación y gestión de las evaluaciones. Estos son:

  • Los Estándares Básicos de Competencias y los Lineamientos Curriculares diseñados por el Ministerio de Educación Nacional.
  • Las áreas, asignaturas y proyectos serán valorados con una escala numérica de UNO (1.0) a CINCO (5.0), y se tendrá en cuenta una cifra entera y una cifra decimal. La nota mínima aprobatoria será de (3.8) correspondiente a la valoración mínima del desempeño básico (Ver artículo 15)
  • Las áreas que se componen por asignaturas promediarán ponderadamente sus resultados de acuerdo a la intensidad horaria semanal y en caso de pérdida de una asignatura, si el promedio es menor a (3,8) pero si el área es superior o igual a (3.8) se considerará aprobada.
  • La flexibilización curricular realizada e implementada por los docentes.
  • El desarrollo de competencias que determine la Institución, en cualquiera de las dimensiones o de las áreas o asignaturas. Estas se entienden como el conjunto de conocimientos y habilidades alcanzada por los estudiantes. Las competencias de cada área y/o asignatura o proyecto deben ser conocidos por los estudiantes al iniciar cada trimestre.
  • Los indicadores por desempeños elaborados por la Institución, entendidos como señales que marcan el punto de referencia tomado para valorar el estado en el que se encuentra el proceso, como las acciones manifiestas del estudiante que sirven como referencia para determinar el nivel de aprendizaje, con respecto a una área y/o asignatura o proyecto.
  • El desarrollo de planes de mejoramiento continuos cuando los estudiantes obtengan un desempeño bajo en alguna área y/o asignatura o proyecto.
  • El desarrollo de los principios de la Institución definidos en el PEI.
  • Los conocimientos previos: conocer qué tanto ha avanzado cada estudiante siendo éste el punto de referencia para orientar las actividades didácticas.
  • Se tendrán en cuenta las dimensiones del desarrollo: Cognitiva, comunicativa, corporal y socioemocional.
  • Valoración permanente cualitativa y cuantitativa del desempeño integral de los estudiantes de acuerdo a su ritmo y estilo de aprendizaje.
  • Participación de los estudiantes en los diferentes momentos evaluativos orientados y concertados con el docente.
  • Compromiso del estudiante con las actividades de carácter formativo, académico, recreativo y cultural.
  • Cooperación del estudiante, de los padres de familia o acudiente en la ejecución de planes de mejoramiento, planes caseros para superar las dificultades en sus desempeños y seguimiento de apoyo psicopedagógico durante el año.
  • El desarrollo y cumplimiento de los procesos metodológicos de la evaluación tales como:

Seguimiento (70%). Comprende desde la semana uno (1) a la semana doce (12) de cada trimestre académico. Esto comprende la realización de actividades, estrategias y evaluaciones que evidencien el avance de los estudiantes teniendo en cuenta los aspectos conceptual, procedimental y actitudinal. El seguimiento tendrá un valor del 70% dentro del trimestre. Como mínimo, los estudiantes deberán tener en el sistema académico de la institución entre tres (3) y seis (6) valoraciones numéricas de acuerdo con la escala de valoración vigente. Estas deberán ser ingresadas al sistema al término de la semana cuatro (4), siete (7), y doce (12) de cada uno de los trimestres. Para las áreas, asignaturas y proyectos que tengan cuatro (4) o más horas semanales deberán ingresar seis (6) valoraciones. En cada semana de corte se deberán ingresar dos (2). Para las áreas, asignaturas y proyectos que tengan tres (3) o menos horas semanales deberán ingresar tres (3) valoraciones. Cada una de ellas en las semanas de corte, expuestas anteriormente.

Prueba trimestral tipo Saber (20%). Las pruebas trimestrales hacen referencia a aquellas que se deben aplicar en todos los grados, áreas y asignaturas en la semana once (11) de cada uno de los trimestres. Estas pruebas tendrán un valor del 20% dentro del trimestre. Serán diseñadas por los docentes titulares de área y serán estructuradas al estilo de las pruebas SABER. Tener en cuenta que:

Se creará un comité que será el encargado de dar las pautas y condiciones para presentar las propuestas de pruebas, de revisar, estructurar y diseñar los cuadernillos y definir la logística de todo el proceso.

Los docentes titulares presentarán las propuestas de pruebas al comité, las cuales quedan sujetas a su revisión. Si son devueltas porque no cumplen los requerimientos, éstas serán reformuladas por el docente o los docentes que hayan presentado la propuesta. Si hay más de un docente de la misma área y grado, deberán llegar a un acuerdo y estructurar la prueba de acuerdo a los contenidos comunes que hayan desarrollado con sus respectivos grupos.

Las propuestas de pruebas trimestrales deben ser enviadas, por los docentes responsables, a más tardar el último viernes de la semana ocho (8) de cada trimestre.

El grado transición se regirá de acuerdo con la legislación vigente. También deberá incluir en sus procesos el seguimiento, la prueba trimestral, la coevaluación y la autoevaluación sin tener en cuenta los porcentajes anteriormente estipulados.

Las pruebas trimestrales deberán ser escritas y desarrolladas de manera física.

Los estudiantes que presenten dificultades cognitivas contarán con acompañamiento para que sean guiados en el desarrollo del proceso.

En casos de inasistencia a la prueba trimestral, el estudiante debe presentar excusa justificada con soporte médico o calamidad doméstica probada. El estudiante tendrá, durante la siguiente semana de aplicación de la prueba, tiempo para presentar la excusa ante el coordinador respectivo y aplicar la prueba. Si durante este tiempo el estudiante no presenta la justificación y la prueba, debe acogerse a planes de mejoramiento del trimestre, siempre y cuando el 100% del área sea inferior a desempeño básico (3.8). La institución retendrá por una semana el cuadernillo de la prueba.

Coevaluación (5%). El consejo académico será el encargado de diseñar la rúbrica de coevaluación, la cual deberá dar cuenta de los aspectos a valorar para que este proceso sea responsable y honesto por parte de los estudiantes. La coevaluación tendrá un valor del 5% dentro del trimestre. Ésta se deberá aplicar a más tardar en la semana doce (12) de cada trimestre. Para que este proceso se cumpla el docente titular debe garantizar lo siguiente:

  • Suministrar a los estudiantes la información clara y precisa de los referentes a evaluar.
  • Sensibilizar a los estudiantes frente a la objetividad y honestidad de la coevaluación.
  • Proveer al estudiante de una herramienta eficaz para consignar la información y los conceptos valorativos (rúbrica diseñada y aprobada por el consejo académico).
  • Otorgar el espacio de tiempo necesario para su aplicación.
  • Realizar el análisis del resultado de las coevaluaciones para incorporarlas a las evaluaciones definitivas del trimestre.

Autoevaluación (5%). El consejo académico será el encargado de diseñar la rúbrica de autoevaluación, la cual deberá dar cuenta de los aspectos a valorar para que este proceso sea responsable y honesto por parte de los estudiantes. La autoevaluación tendrá un valor del 5% dentro del trimestre. Ésta se deberá aplicar a más tardar en la semana doce (12) de cada trimestre. Para que este proceso se cumpla el docente titular debe garantizar lo siguiente:

  • Suministrar al estudiante la información clara y precisa de los referentes a evaluar.
  • Sensibilizar al estudiante frente a la objetividad y racionalidad de la autoevaluación e ilustrarle acerca de la dimensiones de la formación integral.
  • Proveer al estudiante de una herramienta eficaz para consignar la información y los conceptos autovalorativos (rúbrica diseñada y aprobada por el consejo académico).
  • Otorgar el espacio de tiempo necesario para su aplicación.
  • Realizar el análisis del resultado de las autoevaluaciones para incorporarlas a las evaluaciones definitivas del trimestre.

CAPITULO III – PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES

ARTÍCULO 9 – Definición de promoción. Es el reconocimiento que se le hace a un estudiante porque ha alcanzado las competencias mínimas correspondientes a una fase de su formación, y demostrado que reúne las características necesarias para que continúe al grado siguiente, de acuerdo con los criterios, la flexibilización curricular y el cumplimiento de los procedimientos señalados en el presente documento.

ARTÍCULO 10 – Tipos de promoción. De acuerdo a los referentes legales vigentes e institucionales se tiene:

Promoción regular: Es aquella que se obtiene una vez cumplidas las 40 semanas, al finalizar el año escolar. En el caso de la Institución Educativa serán promovidos quienes obtengan desempeños superior, alto o básico en todas las áreas y proyectos del plan de estudios.

Promoción anticipada por eficiencia académica: (Artículo 2.3.3.3.3.7, Decreto 1075 de 2015) Para aquellos estudiantes que presenten un desempeño superior en todas las áreas durante el primer periodo y tanto sus padres o acudientes realizan la solicitud escrita de la promoción anticipada, se hace el análisis pertinente en las CEP (Comisiones de Evaluación y Promoción) y se hará la remisión al consejo directivo para su aprobación o negación. La decisión será consignada en el Acta del Consejo Directivo y si es positiva, en el Registro Escolar de Valoración. Para ello se debe realizar el siguiente procedimiento:

Los padres o acudientes presentarán a la CEP, del grado respectivo, solicitud escrita de la promoción de grado del estudiante, especificando las razones por las cuales se solicita la promoción y aportando evidencias del desempeño del estudiante el cual debe tener una valoración de superior en cada una de las áreas del plan de estudios.

La CEP, una vez analizado el caso, entregará al Consejo Directivo un informe escrito recomendando la promoción y anexando las evidencias del desempeño del estudiante.

El Consejo Directivo aprobará o negará la promoción y producirá el respectivo acuerdo. El rector procederá a elaborar la resolución que legalice la situación del estudiante respecto a su promoción anticipada y se consignará en el registro escolar de valoración.

NOTAS:

– Si la solicitud de promoción anticipada es aceptada, con la resolución de aprobación debe indicársele al estudiante el plan de actividades que debe realizar para nivelarse en el grado al cual fue promovido.

– Este proceso debe iniciarse después de terminada la semana 12 del calendario académico y su estudio, aprobación o rechazo debe iniciar con la reunión de la CEP del primer trimestre del año lectivo y no tomará más de dos semanas.

– Si al hacer el estudio respectivo en la CEP se verifica que el estudiante NO cumple con los requisitos, el rector dará respuesta al estudiante y su familia con base al acta de dicha comisión.

– Promoción anticipada de estudiantes repitentes. Para aquellos estudiantes cuyo desempeño sea alto o superior en las áreas que no permitieron la promoción el año anterior y que aprueben las demás durante el primer trimestre del año lectivo sin tener que presentar planes de mejoramiento para ello, y tanto sus padres o acudientes realizan solicitud escrita de la promoción anticipada, serán candidatos a ser promovidos. Luego de esto, se hace el análisis pertinente en las CEP (Comisiones de Evaluación y Promoción) y se hará la remisión al consejo directivo para su aprobación o negación. Se deberá realizar el procedimiento estipulado en promoción anticipada por eficiencia académica (inciso 2 del presente artículo).

– Casos excepcionales: Aquellos estudiantes que provienen de otras instituciones educativas o que por algún motivo no alcancen a cursar todo el año escolar y tanto sus padres o acudientes realizan solicitud escrita de la promoción, se hace el análisis pertinente en las CEP (Comisiones de Evaluación y Promoción), la cual deberá aplicar una prueba integral donde el estudiante demuestre sus competencias. Para que esto pueda darse, el resultado de la prueba deberá ser como mínimo desempeño básico. Posterior a esto, se hará la remisión al consejo directivo para su aprobación o negación. (Si en la época de ingreso del estudiante NO se han programado CEP, éstas serán citadas de manera extraordinaria para cumplir con este proceso). Si trae notas, estas serán homologadas e incluidas en el sistema académico institucional.

ARTICULO 11 – Criterios de promoción. Los Criterios de Promoción son aspectos incorporados al Proyecto Educativo Institucional, utilizados para valorar el grado de desempeño alcanzado por el estudiante y las posibilidades que tiene de continuar sus estudios con éxito en el siguiente grado de la Educación Básica, u optar al título de Graduante. Se establecen los siguientes:

Será promovido al grado siguiente al finalizar el año escolar o al título de GRADUANTE DE LA BASICA PRIMARIA, el estudiante que obtenga niveles de Desempeño Básico, Alto o Superior en TODAS las áreas y proyectos del plan de estudios. Para los estudiantes de los grados de primero hasta quinto, las notas deben ser iguales o superiores a TRES (3.8) para aprobar el área, asignatura o proyecto.

Los estudiantes que al finalizar los tres trimestres académicos obtengan como promedio general una valoración igual o superior a 3.8, optarán a la promoción sin tener que desarrollar estrategias de superación. A las áreas que no fueron aprobadas; porque la valoración fue de menos de 3.8; esto se le notificará al docente titular desde la Comisión de Evaluación y Promoción, quien será el responsable de hacer el registro en el sistema académico institucional.

El título de GRADUADO DE LA BASICA PRIMARIA se otorgará a los estudiantes del grado quinto, quienes hayan aprobado todos los niveles y ciclos de acuerdo con la escala valorativa y hayan cumplido todos los requisitos previos: aprobación de todas las áreas y proyectos del plan de estudios, y el servicio social estudiantil “voluntario” de acuerdo a la Resolución 4210 de 1996 Tal reconocimiento se hará constar en un diploma” (Ley 115, capítulo IV, artículo 88).

El Grado transición se evalúa y promueve de conformidad con el Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre Educación Preescolar.

ARTICULO 12 – Criterios de NO promoción. Los siguientes son criterios de NO promoción:

El estudiante de primero a quinto grado que obtenga Desempeño Bajo cuando finalice el año escolar en al menos UNA (1) área o asignatura del plan de estudios y tenga un promedio general inferior a 3.8.

Estudiantes que no presenten los planes de mejoramiento de las áreas pendientes NO serán promovidos. De igual forma NO serán promovidos aquellos estudiantes que presenten dichas actividades, pero NO cumplan con los requerimientos mínimos expresados en los planes de mejoramiento formulados por el docente titular del área.

No será promovido al grado siguiente, el estudiante que haya dejado de asistir al 25% de las actividades académicas realizadas durante el año escolar sin excusa debidamente justificada y aceptada por la institución, exceptuando los casos legales.

PARÁGRAFO 1: El resultado de pruebas externas o censales NO incide en el proceso de promoción.

ARTÍCULO 13 – Ceremonia de Graduación. En la Institución Educativa solamente habrá ceremonia de grado para los estudiantes del grado transición y quinto. En los demás grados se realizará el cierre del año escolar con la entrega de informes académicos definitivos

CAPÍTULO IV – Escalas valorativas de primaria y de preescolar

ARTÍCULO 14: Escala de valoración Institucional y su equivalencia con la escala nacional: para efectos de La valoración de los estudiantes en cada área, asignatura o proyecto del plan de estudios se establece una escala numérica de 1.0 a 5,0; con su correspondiente equivalencia nacional así:

1. Primaria

1.0 – 3.7 Desempeño Bajo*.
3.8 – 3.9 Desempeño Básico.
4.0 – 4.5 Desempeño Alto.
4.6 – 5.0 Desempeño Superior.

*El desempeño bajo en el Centro Educativo Caicedo será considerado como reprobación.

2. Preescolar
La escala de valoración institucional para el Centro Educativo

AA Alcanzado Ampliamente
AL Alcanzado
AD Alcanzado con Dificultad
NA No Alcanzado*

*El desempeño “NA” en el Centro Educativo Caicedo serán considerado como reprobación.0

CAPITULO V – DESEMPEÑOS

ARTÍCULO 15 – Definición de desempeño. El desempeño es la aplicación de los conocimientos, actitudes, hábitos y habilidades para la solución de cierta clase de problemas y situaciones.

1. Desempeño Superior: Se le asigna al estudiante cuando alcanza en forma excepcional todas las competencias esperadas, incluso aquellas no previstas en los estándares curriculares y en el Proyecto Educativo Institucional. Adicionalmente cumple de manera cabal e integral con todos los procesos de desarrollo cognitivo, psicomotor, comunicativo y afectivo, en un desempeño igual o superior a los objetivos y las metas de calidad y de educación inclusiva previstas en el PEI. Se puede considerar con un Desempeño Superior al estudiante que reúna, entre otras, las siguientes características:

Alcanza la totalidad de las competencias propuestas e incluso aquellas no previstas en los periodos de tiempo asignados.

Es creativo, innovador y puntual en la presentación de los trabajos académicos.

Es responsable con las tareas y trabajos asignados.

Es analítico y crítico en sus cuestionamientos.

No tiene faltas, y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado.

Desarrolla actividades curriculares de acuerdo a lo planeado.

Manifiesta un elevado sentido de pertenencia institucional.

Participa en las actividades curriculares y extracurriculares permanentemente.

Presenta actitudes proactivas de liderazgo y gran capacidad de trabajo colaborativo.

2. Desempeño Alto: Corresponde al estudiante que alcanza la totalidad de las competencias previstas en cada una de las dimensiones de la formación humana, demostrando un buen nivel de desarrollo. Se puede considerar desempeño alto cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características:

Alcanza todas las competencias propuestas en las diferentes áreas, asignaturas y proyectos.

Alcanza todas las competencias propuestas en las diferentes áreas, asignaturas y proyectos, aun cuando realice planes de mejoramiento.

No tiene faltas, y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado en gran medida.

Tiene faltas de asistencia justificadas no incidentes en su rendimiento.

Presenta los trabajos oportunamente.

Desarrolla actividades curriculares específicas.

Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución. h. Demuestra buena capacidad de trabajo colaborativo.

3. Desempeño Básico: Se entiende como la superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias, fundamentales y optativas teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional. Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características:

Sólo alcanza los niveles necesarios de competencias propuestas y con actividades especiales de apoyo.

Tiene faltas de asistencia justificadas, pero que limitan su proceso de aprendizaje.

Es relativamente creativo y su sentido analítico no se evidencia en sus acciones.

Presenta sus trabajos en el límite del tiempo y la oportunidad de hacerlo.

Desarrolla actividades curriculares específicas.

Manifiesta un relativo sentido de pertenencia con la Institución.

Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes.

Desarrolla una capacidad limitada en el trabajo colaborativo.

4. Desempeño Bajo: Corresponde al estudiante que no supera los desempeños necesarios previstos en las áreas, asignaturas y proyectos, teniendo un ejercicio muy limitado en todos los procesos de desarrollo cognitivo, psicomotor, comunicativo y afectivo, por lo que su desempeño no alcanza los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI. Se puede considerar desempeño bajo cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características:

Se le dificulta alcanzar las competencias mínimas en las áreas, asignaturas y proyectos y requiere planes de mejoramiento.

Se le dificulta alcanzar las competencias mínimas en las áreas, asignaturas y proyectos aún después de realizadas los planes de mejoramiento y persiste en las dificultades.

Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su proceso de aprendizaje.

Incumple constantemente con las tareas y trabajos que promueve el área.

Se le dificulta desarrollar el mínimo de actividades curriculares requeridas.

Se le dificulta mostrar sentido de pertenencia a la institución.

Presenta dificultades en el desarrollo de trabajo colaborativo.

Es desmotivado y desinteresado por las actividades escolares.

Le falta responsabilidad con las tareas, trabajos u otras actividades asignadas.

ARTÍCULO 16 – Estrategias de valoración integral de los desempeños. Una estrategia, es el camino establecido por la institución desde un área o un conjunto de áreas para que los estudiantes de un grupo o grado demuestren desde sus dimensiones personales, sociales y cognitivas que han desarrollado las competencias necesarias para los desempeños propuestos.

La estrategia de valoración. Es el conjunto articulado y lógico de acciones desarrolladas por el docente que le permiten tener una información y una visión claras de los desempeños de los estudiantes.

La valoración integral del desempeño. Hace alusión a la explicación o descripción de los niveles de aprendizaje, de comprensión, de alcance de logros, de la motivación y de actitudes del estudiante respecto a las diferentes actividades del proceso de enseñanza aprendizaje.

Estrategias de valoración integral. La estrategia básica para que el docente pueda finalmente emitir una valoración objetiva y asertiva debe desarrollar las siguientes acciones:

Informar al estudiante con oportunidad y claridad sobre los indicadores, objetivos, competencias, contenidos, y esquemas de evaluación.

Realizar el análisis y validación de los conocimientos previos de los estudiantes.

Realizar el análisis de las circunstancias y condiciones del ambiente escolar que incidan en el desempeño del estudiante.

Desarrollar la observación del desempeño, las aptitudes y actitudes de los estudiantes en el desarrollo de las actividades, trabajos, debates, experimentos desarrollo de proyectos, investigaciones, tareas, ensayos, exámenes, entre otros.

Realizar la recolección de las evidencias que permitan soportar los diferentes criterios estipulados

Efectuar comparación y reconocimiento del resultado de la autoevaluación del estudiante.

Emitir valoraciones objetivas y el diseño de propuestas para la superación de las dificultades.

ARTICULO 17 – Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños. A partir de la concepción y características de la evaluación en la Institución Educativa, señala en los artículos 5 y 6 del presente documento, los docentes realizarán con los estudiantes al finalizar cada clase, tema, módulo, proyecto, unidad o trimestre, actividades como pruebas orales o escritas, ensayos, conversatorios, diálogos personales o grupales, exposiciones, proyectos de investigación, tareas, prácticas de campo o de talleres, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa, contacto con los padres de familia para comprometerlos y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos. Desde estas acciones, se potenciarán las siguientes actividades para optimizar el desempeño de los estudiantes:

El seguimiento del trimestre que comprende la realización de actividades, estrategias y evaluaciones que evidencien el avance de los estudiantes teniendo en cuenta los siguientes aspectos: conceptual, procedimental y actitudinal. (Como mínimo debe ser igual al artículo 8, numeral 15, literal a)

Se identificarán las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para adecuar el diseño curricular a la realidad de la institución y de la comunidad educativa.

Se harán reuniones con la comisión de evaluación y promoción, especialmente cuando se presenten deficiencias notorias de aprendizaje en algún grado o área, para que con la participación de estudiantes y padres de familia, se busquen alternativas de solución y mejoramiento.

Se realizarán planes de mejoramiento para estudiantes con desempeños bajos en los momentos que el docente considere oportuno y de acuerdo a lo estipulado en el presente acuerdo. considere oportuno y de acuerdo a lo estipulado en el presente acuerdo.

CAPÍTULO VI – De los Planes de Mejoramiento Continuo

ARTÍCULO 18 – Los planes de mejoramiento. Los planes de mejoramiento para superar las áreas no aprobadas en el trascurso del trimestre o año escolar, deben dar cuenta del uso de diferentes estrategias de nivelación, apoyo, superación y profundización. Además de la asesoría del docente para aclarar dudas, también debe incluir el desarrollo de talleres, su respectiva sustentación y por último una prueba de suficiencia. El docente debe dejar evidencias del plan de mejoramiento realizado a través del acta correspondiente. Esta acta se debe dejar como evidencia en cada trimestre y al finalizar el año escolar. Se deberán entregar al coordinador académico para su revisión y archivo.

Estrategias de nivelación. Estas estrategias se proponen para los estudiantes que son promovidos anticipadamente y para los que llegan a la institución de forma extemporánea. Los docentes titulares del grado al cual ha sido promovido el estudiante serán los responsables de este proceso. Estas estrategias pueden incluir:

Guías de apoyo para trabajo en casa.

Asesorías individuales o grupales por parte del docente titular.

Sustentaciones.

Exposiciones.

Pruebas tipo Saber.

Trabajos que incluyan indagación y que estén debidamente referenciados.

NOTAS:

Para el caso de promoción anticipada, se aplicarán en las primeras semanas del segundo trimestre de acuerdo al SIEE (artículo 10, numeral 3).

El director de grupo será la persona encargada de asesorar al estudiante para que pueda iniciar y llegar a feliz término con el proceso de nivelación.

Al finalizar dicha nivelación, cada uno de los docentes deberá presentar a la coordinación académica un acta con la valoración obtenida por el estudiante. Estas valoraciones deberán consignarse en el registro escolar.

Estrategias de apoyo. Estas estrategias se proponen para los estudiantes que al finalizar el trimestre NO cumplieron de manera satisfactoria las metas propuestas. Para este caso se deben diseñar y ejecutar planes que les permitan superar sus dificultades en el área. Se sugiere lo siguiente:

Guías de apoyo para trabajo en casa.

Asesorías individuales o grupales por parte del docente titular.

Sustentaciones.

Exposiciones.

Pruebas tipo Saber.

Trabajos que incluyan indagación y que estén debidamente referenciados.

NOTA: Estas estrategias se aplicarán entre la semana doce y trece de cada trimestre.

Estrategias de superación. Estas estrategias se proponen para los estudiantes que al finalizar el año escolar presentan dificultades en el desarrollo de competencias en el área. Para este caso, se deben diseñar y ejecutar planes que les permitan superar sus dificultades en el área. Se sugiere lo siguiente:

Guías de apoyo para trabajo en casa.

Asesorías individuales o grupales por parte del docente titular.

Sustentaciones.

Exposiciones.

Pruebas tipo Saber.

Trabajos que incluyan indagación y que estén debidamente referenciados.

NOTA: Estas estrategias se aplicarán en la semana cuarenta del año escolar.

Estrategias de profundización. Estas estrategias se proponen para los estudiantes que al finalizar el trimestre cumplieron satisfactoriamente las metas propuestas. Para este caso, se deben diseñar y ejecutar planes de profundización que permitan potenciar sus habilidades. Se sugiere lo siguiente:

Guías de apoyo para trabajo en casa.

Asesorías individuales o grupales por parte del docente titular.

Sustentaciones.

Exposiciones.

Pruebas tipo Saber

Trabajos que incluyan indagación y que estén debidamente referenciados.

NOTA: Estas estrategias se aplicarán en la semana trece de cada trimestre y en la semana cuarenta del año escolar.

Parágrafos:

El resultado de las estrategias de apoyo tendrán una escala de valoración de UNO (1.0) a TRES PUNTO NUEVE (3.9) como nota máxima.

Si el estudiante no se presenta a las actividades de apoyo estipuladas en el plan de mejoramiento, pero si presenta justificación, valorada como justa causa, tendrá derecho a realizar las actividades cuando y como lo defina la CEP. Si el estudiante no presenta justificación alguna se le registrará la menor nota de acuerdo a la escala de valoración institucional (1.0) y la valoración del área continuará siendo la del informe final, esto con el fin de aplicar el principio de favorabilidad.

Si el estudiante presenta los planes de mejoramiento, pero no los supera y aplicando el principio de favorabilidad, la valoración final corresponderá a la nota más alta que haya obtenido el estudiante en su proceso.

Es necesario contar con el compromiso del estudiante, del padre de familia o acudiente en la ejecución de los planes de mejoramiento.

Los planes de mejoramiento relacionados con nivelación, apoyo y profundización deben enviarse por correo electrónico a la coordinación académica de acuerdo a los parámetros que establezca la institución educativa. Estos deben ser enviados por tardar en la semana 5 de cada trimestre. Lo relacionado a las estrategias de superación deben enviarse junto con los planes del tercer trimestre.

CAPITULO VII – COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

ARTÍCULO 19 – Comisiones de Evaluación y Promoción (CEP). Está integrada por los docentes directores de grupo, un padre de familia que pertenezca al consejo de padres y al menos un directivo docente.

ARTÍCULO 20 – Funciones de las comisiones de evaluación y Promoción. Las funciones son las siguientes:

Determinar la PROMOCIÓN o no de cualquier estudiante o la promoción anticipada cuando se demuestre capacidad suficiente para el grado siguiente.

Prescribir o dar recomendaciones a docentes, padres de familia y estudiantes para que estos superen sus dificultades.

Verificar si los docentes, padres y estudiantes cumplieron con las recomendaciones que les hizo la comisión de evaluación y promoción en el trimestre anterior.

Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer estrategias, actividades y recomendaciones en los procesos de evaluación en el aula.

Orientar a los docentes para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar los indicadores, logros y desempeños de los estudiantes que tengan dificultades en su obtención.

Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.

Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción especial de estudiantes con discapacidades notorias.

Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o docentes, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendar la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.

Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes, definido en el presente Acuerdo.

Otras que determine la institución a través del PEI.

Darse su propio reglamento.

Parágrafos:

Los docentes directores de grupo deberán pasar a la CEP del respectivo grado un informe completo donde dé a conocer la situación académica de todos y cada uno de los estudiantes de su grupo. Este informe deberá llegar antes de la reunión de dicha comisión y en los tiempos que la Institución estipule. La CEP, por su parte, deberá levantar un acta donde deje constancia del proceso y del resultado de la reunión y anexar los informes de cada uno de los grupos que compongan el grado.

Las comisiones, además analizarán los casos de los estudiantes con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada, igualmente se establecerá si docentes y estudiantes siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del trimestre anterior.

Es responsabilidad de la Comisión de Evaluación y Promoción estudiar el caso de cada uno de los estudiantes considerados para la no promoción de un grado y decidir acerca de ésta, pero en ningún caso excediendo el límite del porcentaje sugerido por el comité de calidad al inicio del año de acuerdo a la cantidad de estudiantes matriculados y que finalicen el año escolar.

Solamente a la CEP final podrán asistir todos los docentes que compartan clases en el grado a analizar, quienes tendrán voz y voto en la misma.

CAPITULO VIII – ACCIONES DE CUMPLIMIENTO

ARTÍCULO 21 – Acciones de los docentes. Las siguientes son acciones para que los docentes cumplan con los procesos evaluativos:

Estudiar y apropiarse de la legislación relacionada con la evaluación escolar.

Flexibilizar el currículo para adaptarlo a la realidad de los estudiantes.

Participar en la formulación y elaboración del sistema institucional de evaluación a nivel institucional.

Socializar al resto de la comunidad educativa los aspectos esenciales del sistema institucional de evaluación.

Definir en los Planes de área los criterios de evaluación acordes al sistema institucional de evaluación.

Participar activamente en las comisiones conformados en el sistema institucional de evaluación.

Aplicar el sistema institucional de evaluación en su trabajo de aula y presentar a los directivos evidencias de ello.

Realizar acciones preventivas de mejoramiento de los desempeños de los estudiantes.

ARTÍCULO 22 – Acciones de los coordinadores. Las siguientes son acciones para que los coordinadores cumplan con los procesos evaluativos:

Liderar con los docentes el estudio de la legislación relacionada con la evaluación escolar.

Coordinar el trabajo de formulación y elaboración del sistema institucional de evaluación.

Orientar la socialización del sistema institucional de evaluación a estudiantes y padres de familia.

Realizar seguimiento a los planes de área de manera permanente.

Direccionar las comisiones conformadas en el sistema institucional de evaluación.

Informar a los estudiantes, padres de familia y docentes sobre el SIEE al ingresar a la Institución.

ARTÍCULO 23 – Acciones del rector. Las siguientes son acciones para que el rector cumpla con los procesos evaluativos:

Liderar con los coordinadores y docentes el estudio de la legislación relacionada con la evaluación escolar.

Coordinar el trabajo de formulación y elaboración del sistema institucional de evaluación.

Orientar la socialización del sistema institucional de evaluación a estudiantes y padres de familia.

Realizar seguimiento a los planes de área de manera permanente.

Direccionar las comisiones conformadas en el sistema institucional de evaluación.

Presentar un proyecto del sistema institucional de evaluación a los órganos del gobierno escolar (Consejo Académico y Directivo)

Definir y adoptar el sistema institucional de evaluación como componente del PEI.

Publicar y difundir los actos administrativos del SIEE ante toda la comunidad educativa. Parágrafo: Para efectos de seguimiento, verificación y control a todo lo implementado en el sistema de evaluación institucional se elaborarán formatos o listas de chequeo que sirvan de control de los diferentes actores escolares. El comité de Calidad será el encargado de la elaboración y aplicación de los formatos. CAPÍTULO IX De los Informes Académicos

ARTÍCULO 24 – Estructura del informe académico. Los boletines informativos se expedirán en dos columnas, una numérica y otra con el equivalente nacional, además de una breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible para la comunidad educativa, sobre las fortalezas y dificultades que tuvieron los estudiantes en su desempeño integral durante este tiempo, con recomendaciones para su mejoramiento.

El Informe Final, se expedirá en los certificados definitivos, también en dos columnas, una numérica de 1,0 a 5,0 y la otra con el equivalente a la escala nacional en conceptos de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo, sin más descripciones. El informe final se dará teniendo en cuenta la evaluación integral de formación del estudiante en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado, se hayan alcanzado los indicadores por desempeño, competencias y estándares propuestos para todo el año en el PEI.

Parágrafos:

El informe final no será solo la suma y el promedio de los informes parciales, sino el análisis que se hace de todo el proceso del rendimiento académico y formativo del estudiante, de acuerdo con los Criterios de Promoción establecidos en el presente Acuerdo y dentro de la CEP respectiva.

En el momento que el estudiante se retire de la institución y a solicitud del mismo, se expedirá un certificados definitivo, también en dos columnas, una numérica de 1,0 a 5,0 y la otra con el equivalente a la escala nacional en conceptos de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo, sin más descripciones.

Si el estudiante se retira cuando uno de los trimestres aún está en desarrollo, se le dará un certificado de notas parciales de acuerdo a lo consignado en el sistema académico institucional.

ARTÍCULO 25 – Periodicidad de entrega de informes. Para la entrega de informes académicos se tiene en cuenta lo siguiente:

La Institución Educativa tendrá durante el año escolar tres trimestres académicos de 13 semanas de duración cada uno más una semana final para realizar los ajustes pertinentes.

Finalizado cada trimestre se emitirá un informe escrito a los padres o acudientes que dará cuenta del proceso formativo y de desempeño académico del estudiante durante el trimestre, en cada una de las áreas, asignaturas y proyectos del plan de estudios del respectivo grado. Esto se hará por tardar una semana después del cierre real del trimestre.

Finalizado el calendario escolar se emitirá un informe final del área en términos de desempeños teniendo en cuenta los avances en el proceso de acuerdo a la escala nacional y su correspondiente equivalencia en el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes, con el fin de facilitar la movilidad de los estudiantes entre las diferentes Instituciones Educativas.

ARTÍCULO 26 – Conducto regular. El conducto regular estipulado para realizar reclamaciones en materia de evaluación, seguirá las siguientes instancias:

Docente del área, asignatura o proyecto

Director de grupo

Coordinación

El Consejo Académico

El Rector

El Consejo Directivo

ARTÍCULO 27 – Procedimiento para resolver reclamaciones. Para resolver las reclamaciones de los estudiantes y/o padres de familia se deberá proceder así:

Solicitud escrita, ante la instancia que corresponda, lo cual configura un derecho de petición.

Presentar el recurso de reposición, frente a una decisión tomada por el docente del área, asignatura o proyecto, frente al mismo docente, en los tres días hábiles siguientes a la determinación del mismo.

Presentar el recurso de apelación ante el rector, si hecha la reposición, la respuesta fue negativa y el estudiante o afectado insiste con evidencias en su argumentación.

Presentar acción de tutela si llegare el caso. Una vez llegue la reclamación, el responsable según las instancias mencionadas tendrá un plazo de acuerdo con la normatividad del derecho para responder (en promedio será de 5 días hábiles). El estudiante o padre de familia y/o acudiente podrá acordar una cita con la instancia correspondiente o hacer llegar por escrito su reclamación. La instancia responsable de dar respuesta deberá remitirse a los registros que evidencien el seguimiento del estudiante. Corroborada la situación demandada, procederá según corresponda, luego se comunicará con el estudiante, padres de familia o acudiente dando respuesta de manera clara y respetuosa, de manera escrita.

ARTÍCULO 28 – Segundo evaluador. Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, un docente no apruebe a un estudiante al cierre de un trimestre o al finalizar el año, el Consejo Académico podrá recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área de la institución, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado de estudios del estudiante.

CAPÍTULO IX – MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD

ARTÍCULO 29 – Mecanismos de participación de la comunidad. El Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes es una construcción continua donde participan los estamentos que conforman la institución y los diferentes órganos del Gobierno Escolar. Por lo tanto, es necesario que en su discusión y mejoramiento participen el Consejo Directivo, el Consejo Académico, el Consejo de Padres, los Docentes, el Consejo Estudiantil, a través de las instancias señaladas en el Decreto 1075 de 2015, Título 3, Capítulo 3, Sección 3.

ARTÍCULO 30 – Participación del Consejo Directivo. Su participación está dada en lo siguiente:

Articular el sistema institucional de evaluación de estudiante con el PEI.

Aprobar y validar el sistema institucional de evaluación de estudiantes.

Garantizar que los directivos docentes y docentes de la institución educativa cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el Sistema de Evaluación.

Servir de instancia decisoria sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación y promoción.

Facultar a otros órganos para que atiendan en primera instancia las reclamaciones y lleguen a su interior sólo los casos que una vez hayan transitado por todos esos mecanismos, no encuentren una solución adecuada.

Definir y divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones de los estudiantes y la comunidad educativa.

ARTÍCULO 31 – Participación del Consejo Académico: Como órgano consultivo del Consejo Directivo y quien vela por el estudio del currículo y el proceso enseñanza aprendizaje a nivel institucional, participa en:

Realizar el estudio del Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes.

Definir estrategias para solución de problemas.

Establecer controles que garanticen el debido proceso en la evaluación.

Indicar el procedimiento, los estamentos y los tiempos en los que se pueden realizar las reclamaciones y en los que se debe decidir.

Garantizar a toda la comunidad el reconocimiento de los derechos al debido proceso, a la educación y a la diferencia en los ritmos de aprendizaje.

ARTÍCULO 32 – Participación del Consejo de Padres. Su participación está dada en lo siguiente:

Contribuir en la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes.

Integrar las comisiones de evaluación y promoción.

Asistir a las reuniones de evaluación que se realicen en la Institución.

ARTÍCULO 33 – Participación del Consejo de Estudiantes. Su participación está dada en lo siguiente:

Participar en la construcción del Sistema Institucional de Evaluación.

Nombrar sus representantes.

Estudiar y socializar el Sistema Institucional de Evaluación.

ARTÍCULO 34 – Participación del Personero Escolar. Su participación está dada en lo siguiente:

Ser quien garantiza los derechos de los estudiantes.

Velar porque se observe el cumplimiento de los derechos de los estudiantes.

Recibir y dar trámite a los reclamos que se presenten en el proceso.

ARTÍCULO 35 – Participación del Contralor Escolar. Su participación está dada en lo siguiente:

Realizar permanente seguimiento al cumplimiento del SIEE.

CAPÍTULO X – DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 36 – Procedimiento para renovar o hacer ajustes al Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes (SIEE). Para modificar el SIEE se deberá hacer el siguiente proceso:

Presentar ante el rector de la institución y por escrito las propuestas de cambio, adición o eliminación de aspectos por parte de estudiantes, padres de familia, docentes y directivos docentes argumentando los motivos. Estas propuestas se deben canalizar a través de los diferentes órganos del gobierno escolar.

El rector oficiará al consejo académico para que reciba las propuestas presentadas y sean sometidas a discusión para revisar, ajustar y mejorar el documento.

El consejo académico presenta las mejoras hechas al documento al Consejo Directivo y rector para su debate, modificación (si es del caso) y aprobación.

Expedir documento integral sustentado con acuerdo del consejo directivo de aprobación de los cambios, adiciones o eliminaciones hechas al sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes. – SIEE

Expedir resolución rectoral en consecuencia del acuerdo firmado por el Consejo Directivo.

Socializar con la comunidad educativa el nuevo documento y/o las mejoras hechas al mismo.

ARTÍCULO 37 – Estrategias Pedagógicas para divulgar y socializar el SIEE. La institución Educativa realizará las siguientes acciones para divulgar y socializar el SIEE:

Exposición del documento en el sitio web institucional: www.centroeducativocaicedo.co

Uso de los medios de comunicación que posee la Institución Educativa.

Exposición en carteleras institucionales.

Entrega física del SIEE a los padres de familia en el momento de la matrícula o inicio del año escolar cuando haya una nueva versión.

Socialización con los padres y acudientes en las asambleas de padres y reuniones por grupos.

Socialización con los estudiantes al inicio del año escolar y periódicamente a través de los espacios dispuestos por la institución para tal fin.

Envío a los correos electrónicos de los estudiantes y padres que así lo deseen.

Encuestas de percepción sobre el SIEE al finalizar cada año escolar.

Tomar como fuente de información y de mejoramiento del documento la información recolectada en las encuestas de percepción.

ARTICULO 38 – Aprobación y vigencia. El presente Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes (SIEE) fue revisado, aprobado y adoptado por el Consejo Directivo según consta en el Acuerdo No. 02 de mayo de 2017, deroga el anterior en todas sus partes y tendrá vigencia a partir del año lectivo 2017.

LEÓN CANO CASTAÑO
Rector Centro Educativo Caiced